DELEGACION GRANADINA DE AJEDREZ

CIRCULAR Nº 05/2016.

SOLICITUD CERTIFICADO NEGATIVO REGISTRO DELICUENTES SEXUALES

 

El pasado 31 de Marzo, la FEDA hacia un comunicado sobre los requisitos exigibles para aquellos monitores, delegados, entrenadores y otros colaboradores “entendemos que árbitros” entre otros que realicen actividades que implique contacto habitual con menores deberían aportar el certificado negativo de registro de delincuentes sexuales. Esta delegación se hace eco de esta circular y pedirá a todos los profesionales que tengan relación con la delegación el correspondiente certificado. A continuación se detalla la circular en cuestión:

 

 

CIRCULAR 15/2016 – REQUISITOS EXIGIBLES PARA ACTIVIDADES CON MENORES

 

31 MARZO 2016.

A TODAS LAS FEDERACIONES AUTONOMICAS

 

 

Ref.: Requisitos exigibles a monitores, entrenadores, delegados y otros colaboradores que realicen actividades que impliquen contacto habitual con menores

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  1. En el Artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como en la Ley 26/2015, ratificando la misma redacción, se establece que:

Será requisito para el acceso y  ejercicio  a  las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso  sexual,  exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación   de   una   certificación   negativa   del   Registro   Central   de   delincuentes sexuales”

  1. En relación con ello, el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales crea y regula la organización y funcionamiento del citado registro. Así, dado que la publicación tuvo lugar con fecha 30 de diciembre de 2015 y su entrada en vigor se estableció a los dos meses, el Real Decreto está vigente desde el día 1 de marzo de 2016.

 

A la vista de la legislación mencionada, se establece lo siguiente:

  1. a)     Todos los entrenadores y monitores que realicen actividades para la FEDA: entrenamiento por Internet, concentraciones, cursos, Campeonatos de España e Internacionales o cualquier otra actuación que implique contacto habitual con menores, deberán aportar obligatoriamente, en el plazo de un mes, la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  2. b)     Todos los árbitros, delegados y auxiliares FEDA que resulten designados o intervengan en Campeonatos de España de Edades, Colegios, Selecciones Autonómicas y Equipos de jugadores/as menores de 18 años, deberán aportar igualmente a la FEDA la mencionada certificación negativa, siendo condición indispensable para que su designación sea considerada como definitiva.
  3. c)     Todos los Delegados y entrenadores designados por las Federaciones Autonómicas o los Clubs para los Campeonatos de España de menores de 18 años deberán también aportar a la FEDA la certificación negativa junto con la inscripción del equipo o su designación por parte de una Federación Autonómica, dentro del plazo establecido para la inscripción de los participantes en cada Campeonato. De no hacerlo, la FEDA no los acreditará, así como tampoco serán reconocidos los derechos económicos o cualquier otra ventaja que se derive de su condición de delegado, entrenador, etc.

 

El Certificado se puede obtener, de modo gratuito, directamente en el Ministerio de Justicia, siguiendo las instrucciones establecidas en el siguiente enlace:

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/registro-central-delincuentes

Es importante tener en cuenta lo siguiente:

En el caso de personas menores de edad que necesiten obtener el Certificado, deberán estar representados/as por uno de los progenitores o tutor legal.

Si el interesado/a no es español/a, además del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales debe pedir un certificado de su país de nacionalidad, normalmente por vía consular. Si no existiera este certificado específico, será necesario un Certificado de Antecedentes Penales.

Por otra parte, por ser un tema directamente relacionado, se recuerda que la FEDA tiene aprobado y publicado desde el 13 de diciembre de 2014 el Protocolo para la Prevención, Detección y Actuación frente al Acoso y Abuso Sexual, que es también de obligado cumplimiento.

Se puede encontrar en la Web de la Federación Española de Ajedrez, en el siguiente enlace:

http://www.feda.org/web/files/MujerYAjedrez/Protocolo_PDAAS.pdf

 

En Madrid, a 31 de marzo de 2016